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FMF - Foro de Mineralogía Formativa
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La información sobre yacimientos recogida en este Foro tiene como único propósito su referenciación. La visita a cualquiera de estos yacimientos requiere informarse previamente de las condiciones en que puede realizarse y si se requieren permisos previos. FMF está en contra de cualquier actividad irregular relacionada con la búsqueda de minerales.
Respeto ante todo...
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Ramón Jiménez




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MensajePublicado: 25 Dic 2020 22:25    Título del mensaje: Respeto ante todo...  

Buenas noches. Me acaba de llamar una persona que ha tenido algún problema con unos recolectores de minerales en su parcela, concretamente en el yacimiento del dique de cuarzo de Colmenarejo. Las personas que estaban picando en su terreno, además de ponerse bordes con él, le han dicho que podían coger los minerales porque el yacimiento salía en un foro, concretamente en este foro. Me ha enviado unas fotos con los destrozos que están realizando en el filón y me gustaría comentar algo al respecto: en primer lugar, el acceso a una finca privada y vallada sólo se puede hacer con el permiso del propietario. Asimismo, las remociones del terreno tienen que ser autorizadas por la propiedad. Se hace un flaco favor al colectivo de los coleccionistas, si se incumplen estas normas básicas de actuación. Por otra parte, desde el primer momento en que empecé a subir nuestro catálogo de yacimientos a Mindat, me negué a poner coordenadas y a explicar la localización de los mismos porque desgraciadamente no todos los aficionados son igual de respetuosos y me parecía que, ante todo, debemos velar por la protección de nuestro patrimonio. Por tanto, que nadie se escude en que tal o cual yacimiento está en Mindat o en un Foro, que eso no invalida que se tengan que pedir los permisos necesarios tanto para la entrada, como para la recolección de ejemplares en una propiedad privada. Siento tener que recordar estas normas básicas de comportamiento, pero creo que de vez en cuando es necesario tenerlas en cuenta por el bien común de este colectivo.
_________________
Ramón Jiménez Martínez
Recursos Geológicos para la Transición Ecológica
Instituto Geológico y Minero de España-CSIC
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Cristalino




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MensajePublicado: 25 Dic 2020 22:45    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Hola Ramón. Tienes mucha razón y viene muy bien recordarlo aunque creo que a ciertas personas les seguirá dando igual, son así y no cambiarán.
A mi me costó desvelar la situación del yacimiento de cuarzos cactus cacereños por miedo a que el abuso de otras personas hiciera que al final el dueño acabara enfadándose y así ha sido. La última vez que estuve hace ya tiempo el dueño me dejó pasar de milagro. Me comentó que cada vez iba más gente y que incluso metían los coches en la finca y se metían acompañados de perros lo que era bastante peligroso teniendo en cuenta la presencia de vacas. Me ha ocurrido también con otros yacimientos. En ocasiones se formaban verdaderas romerías. En fin, siempre habrá desaprensivos que van a lo suyo sin pensar en los demás....
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Inma
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MensajePublicado: 25 Dic 2020 23:04    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Buenas noches, Ramón.

En primer lugar, Feliz Navidad a todos los foreros.

¡¡Tiene tela la poca vergüenza de algunos elementos!!. Ya puestos, podrían haberse identificado personalmente y no citar solo a este foro. Muchas minas vienen también en los mapas, pero eso no da derecho a asaltar las propiedades privadas o públicas donde se ubiquen unas labores mineras o unos afloramientos. Es bien triste que exista gentuza de este tipo, carentes de cualquier escrúpulo y encima con esa chulería que simplemente demuestra la nula catadura moral y mental de semejantes especímenes.

En fin, espero que no cataloguen a un colectivo por cuatro descerebrados. Por estas cosas a nosotros también nos asusta a veces dar demasiados detalles sobre los yacimientos, porque el respeto que tú pides suele estar ausente en muchos casos, con lo cual nos vemos todos perjudicados cuando pedimos permiso para acceder a determinados lugares si antes han pasado por allí las hordas de vikingos :((

Muchas gracias, Ramón, por denunciar estos comportamientos anómalos para un aficionado que se precie. La verdad es que esta execrable conducta debería ser denunciada en este mismo foro cada vez que tengamos conocimiento de nuevos "allanamientos" amparados en foros de internet, sea este o cualquier otro, y que esos "valientes" escudados en los foros, den un paso adelante y describan aquí, con nombre y apellidos, lo que hacen en sus salidas...¡¡Parece mentira que los anónimos expoliadores y maltradadores de nuestra afición crezcan como setas!!.

Saludos



Ramón Jiménez escribió:
Buenas noches. Me acaba de llamar una persona que ha tenido algún problema con unos recolectores de minerales en su parcela, concretamente en el yacimiento del dique de cuarzo de Colmenarejo. Las personas que estaban picando en su terreno, además de ponerse bordes con él, le han dicho que podían coger los minerales porque el yacimiento salía en un foro, concretamente en este foro. Me ha enviado unas fotos con los destrozos que están realizando en el filón y me gustaría comentar algo al respecto: en primer lugar, el acceso a una finca privada y vallada sólo se puede hacer con el permiso del propietario. Asimismo, las remociones del terreno tienen que ser autorizadas por la propiedad. Se hace un flaco favor al colectivo de los coleccionistas, si se incumplen estas normas básicas de actuación. Por otra parte, desde el primer momento en que empecé a subir nuestro catálogo de yacimientos a Mindat, me negué a poner coordenadas y a explicar la localización de los mismos porque desgraciadamente no todos los aficionados son igual de respetuosos y me parecía que, ante todo, debemos velar por la protección de nuestro patrimonio. Por tanto, que nadie se escude en que tal o cual yacimiento está en Mindat o en un Foro, que eso no invalida que se tengan que pedir los permisos necesarios tanto para la entrada, como para la recolección de ejemplares en una propiedad privada. Siento tener que recordar estas normas básicas de comportamiento, pero creo que de vez en cuando es necesario tenerlas en cuenta por el bien común de este colectivo.

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Inma Ramos
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Jordi Fabre
Coordinador General del Foro



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MensajePublicado: 26 Dic 2020 01:01    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Un cuento de Navidad:

Una vez, hace muchos años, había unas minas en Extremadura a las que llamaban 'El Lobo' y 'El Pedregal' y que eran un pequeño paraíso mineralógico porque en los taludes, totalmente tapizados de cristales, salían muchas especies diferentes y todas eran raras y todas eran bonitas.

Un joven afortunado fue a parar allí y los encargados de esa mina fueron amables con él. Él les explicó para que quería esos minerales y le pidieron que cuando fuese allí estuviese sólo en los sitios que ellos le indicarían y que estuviese solo un breve periodo de tiempo para no perturbar el buen funcionamiento de la explotación.

Ese joven afortunado fue varias veces allí y se lo pasó estupendamente sacando él mismo esas maravillas de la tierra, pero un día al llegar allí le dijeron que ya no le podían dejar pasar más porque un ogro malo había ido también allí y le habían dicho lo mismo que a mí, pero ese ogro malo, cegado por la avaricia, fue cuando la mina estaba cerrada, entró sin permiso e hizo allí lo que quiso. Cuando lo vieron los buenos encargados no tuvieron más remedio que impedir el paso a todo el mundo, con lo que se perdieron en la machacadora muchas muestras de diferentes especies minerales.

En el tiempo en el que el joven afortunado estuvo entrando allí gracias a la amabilidad de los encargados, se analizaron y aprobaron estas especies minerales:

Autunita
Meta-Autunita
Torbernita
Meta-torbernita
Zeunerita
Sabugalita
Saleeita
Saleeita (variedad arsenical)
Uranospathita (las mejores del mundo)
......

¿Cuántas más especies se hubiesen podido analizar y aprobar si el joven afortunado hubiese podido seguir entrando allí, siempre con el permiso correspondiente y respetando las normas?
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Echevarria




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MensajePublicado: 26 Dic 2020 19:22    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Hombre, mi dirección aparece en la guía telefónica desde hace tiempo y eso no da (o no debería dar), creo, derecho a nadie a convertirse en un okupa o a llevarse cosas de mi casa. Es que hay cada uno suelto...

Felices Fiestas a todos.

Ramón Jiménez escribió:
Buenas noches. Me acaba de llamar una persona que ha tenido algún problema con unos recolectores de minerales en su parcela, concretamente en el yacimiento del dique de cuarzo de Colmenarejo. Las personas que estaban picando en su terreno, además de ponerse bordes con él, le han dicho que podían coger los minerales porque el yacimiento salía en un foro, concretamente en este foro. Me ha enviado unas fotos con los destrozos que están realizando en el filón y me gustaría comentar algo al respecto: en primer lugar, el acceso a una finca privada y vallada sólo se puede hacer con el permiso del propietario. Asimismo, las remociones del terreno tienen que ser autorizadas por la propiedad. Se hace un flaco favor al colectivo de los coleccionistas, si se incumplen estas normas básicas de actuación. Por otra parte, desde el primer momento en que empecé a subir nuestro catálogo de yacimientos a Mindat, me negué a poner coordenadas y a explicar la localización de los mismos porque desgraciadamente no todos los aficionados son igual de respetuosos y me parecía que, ante todo, debemos velar por la protección de nuestro patrimonio. Por tanto, que nadie se escude en que tal o cual yacimiento está en Mindat o en un Foro, que eso no invalida que se tengan que pedir los permisos necesarios tanto para la entrada, como para la recolección de ejemplares en una propiedad privada. Siento tener que recordar estas normas básicas de comportamiento, pero creo que de vez en cuando es necesario tenerlas en cuenta por el bien común de este colectivo.
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Frederic Varela
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MensajePublicado: 26 Dic 2020 21:19    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Pasan los años y esto no parece tener ninguna solución. Supongo que en algún momento se establecerá una prohibición general de recogida de minerales como ocurrió en su momento con los fósiles.Y los que intentamos hacer las cosas más o menos bien quedaremos fastidiados mientras que los que pasan de todo lo seguirán haciendo porqué a algunos personajes "les va la marcha" y los parámetros mentales sobre vida social y comportamiento con los que funcionan, digamos que son un poco peculiares.

Lo de escudarse en otros para justificar tropelías propias es todo un clásico. Los Estatutos del GMC ya contemplaron en su momento (por desagradables experiencias previas) la baja inmediata de cualquier socio que intente utilizar el nombre o el carnet del GMC para justificar cualquier actuación irregular y por cuenta propia durante la recogida de minerales.
Por cierto, en Mindat en cada una de las páginas de yacimientos se puede leer (traducción aproximada del inglés):
"La información sobre esta localidad tiene como propósito único su referencia. Nunca se debería intentar visitar cualquiera de las localidades listadas en mindat.org sin obtener en primer lugar el permiso del propietario de los terrenos o de los titulares de los derechos mineros y contando con todas las precauciones y medidas de seguridad necesarias".

Puede servir como descargo a Mindat cuando algún listillo intenta cubrirse las espaldas.... No sé si en FMF podría hacerse algo similar.

_________________
Frederic Varela Balcells
Grup Mineralògic Català
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Emilio Téllez




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MensajePublicado: 26 Dic 2020 22:34    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Todo esto es consecuencia de la gran información que existe en la red. Recuerdo en los años 80, cuando un profesor nos enseñó un afloramiento en Tamariu (Girona) donde había una microclina como el puño bien cristalizada, y otro profesor, un afloramiento por la zona de Tarragona con restos de huesos de dinosaurio, a nadie se le hubiera ocurrido ni tocarlo (no sé si siguen allí). Si alguien colgara su situación, ahora, creo que al día siguiente ya no estarían.

Hace años que no especifico exactamente el lugar de afloramientos, como mucho el término municipal, después de algunas experiencias desagradables. El problema es que el acceso a esta información la tiene cualquiera, hasta los “agonías” como yo les llamo por no decir alguna palabrota.

Lo de prohibir no me parece bien, si se tienen permisos por parte de la propiedad o es terreno público no protegido específicamente.
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Jordi Fabre
Coordinador General del Foro



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MensajePublicado: 27 Dic 2020 00:01    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Emilio Téllez escribió:
Todo esto es consecuencia de la gran información que existe en la red...

El Cuento de Navidad sucedió cuando no existía Internet. Lo que siempre ha habido son jetas y gente buena.

En cambio lo que sí es seguro es que antes no había medio eficaz alguno para denunciar a los jetas y en cambio ahora sí (este, por ejemplo)
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Wold Mineral




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MensajePublicado: 29 Dic 2020 09:15    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

FELICES FIESTAS A TODOS!!

Una vez escribí sobre el síndrome del "Golum"...una persona que solo piensa en si mismo y en su "tesoro", en todas las aficiones y en el sino del ser humano existe este caso, más en esta afición en la que se trata con cosas que se pueden denominar tesoros. Así que no es de extrañar que ocurran estas cosas y seguirán ocurriendo en el futuro,no nos extrañemos de ello y aprendamos a vivir con ello como con otras cosas, que es lamentable....lo es. Respetemos las normas y aprendamos de la buena gente...que las hay y dejemos en el olvido a todo aquel que no lo haga.
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Foro FMF
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MensajePublicado: 04 Ene 2021 14:02    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo... Nuevo punto en las Normas generales y guía de uso de FMF  

Como consecuencia de estas desagradables situaciones, queremos informaros que hemos añadido un nuevo punto en las Normas generales y guía de uso de este foro, concretamente el nº 14 que dice:

"La información sobre yacimientos recogida en este Foro tiene como único propósito su referenciación. La visita a cualquiera de estos yacimientos requiere informarse previamente de las condiciones en que puede realizarse y si se requieren permisos previos. FMF está en contra de cualquier actividad irregular relacionada con la búsqueda de minerales".


Saludos,

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José Luis Zamora




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MensajePublicado: 04 Ene 2021 14:41    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Eso esta muy bien, pero son ganas de trabajar en balde, el que es como es, no lo vamos a cambiar por muchas normas, consejos y advertencias que pongamos. No en vano somos el país que tiene mas leyes y en el que se cumplen menos.
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Carles Millan




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MensajePublicado: 04 Ene 2021 15:38    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

José Luis Zamora escribió:
(...) somos el país que tiene mas leyes y en el que se cumplen menos.

Una afirmación indiscutible.
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Carles Millan




Registrado: 22 Dic 2007
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MensajePublicado: 06 Ene 2021 11:36    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Francamente pienso que entrar en el terreno de una propiedad privada sin permiso alguno y llevarse minerales es lo mismo que entrar en una vivienda y llevarse joyas y dinero. Un robo. En algunos países el propietario tiene derecho a dispararte con un rifle. Usar la excusa de que está publicado en algún sitio de internet no es un atenuante. Existen también reseñas de la mayor parte de museos y a nadie se le ocurriría que por esa razón pueda llevarse las piezas exhibidas.

Otra discusión sería si llevarse minerales de una zona sin propietario es correcto. Porque, igual que no hay nada que sea gratis, tampoco hay nada sin propietario. O es privado o es público (es decir, es de todos). Pero entrar en ese debate ya es muy delicado, porque yo mismo lo he hecho en cientos de ocasiones, y ocasionalmente lo sigo haciendo. ¿Y quién no? El día que saquen una ley para regularlo estaremos perdidos.
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Emilio Téllez




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MensajePublicado: 06 Ene 2021 12:09    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

José Luís ha dado en el clavo. En España hay más de 100.000 leyes de las cuales más de la mitad son autonómicas, pero muchas no se cumplen, porque son imposibles, una cosa es “sacar” leyes y otra su reglamento y aplicación. Me gustaría ver a algún político poner en su programa como primer objetivo, la supresión de leyes ineficaces, duplicadas o sin sentido, como hizo Reagan (lo pongo como ejemplo de desregularización) En nuestro caso la recolección de minerales ya está más que regulada, como se ha dicho aquí, por la propiedad privada y por leyes de protección del territorio (en algunos casos más que dudosas y confusas), o con distintas leyes generales, no necesitamos más.
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miguelon




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MensajePublicado: 06 Ene 2021 13:57    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Personalmente siempre que he querido explorar una zona vallada he preguntado al dueño o encargado de la zona y si logras ponerte en contacto no suele haber problema. Si no he visto a nadie ni se me ocurriría meterme en un terreno con alguna vivienda o granja.... Hoy día hay un montón de detectores de personas cámaras etc, etc, es de locos. Conozco gente multada por entrar en terrenos que simplemente cogían setas pero es allanamiento y les detectaron las cámaras. Espero que haya quedado en un enfado y no sea muy grave, no es lo mismo tocar un poco el filón y dejarlo todo como lo encontramos que ir un montón de personas y destrozar el paisaje. De todas formas en esa zona hay un montón de sitios con cuarzo no vallados y no hay por qué saltarse al terreno de nadie, creo que se que filón es el afectado, podría tratarse de uno de los filones que están en el margen del pantano y que está en el terreno de alguien, por supuesto descarte en su día el explorarlo ya que cerca tienes un montón de yacimientos y minas ”libres". Si fuera mi terreno le ponía un cartel bien visible de sitio video-vigilado... Un saludo
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Salvador Cuesta




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MensajePublicado: 08 Ene 2021 13:26    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Carles Millan escribió:
... Otra discusión sería si llevarse minerales de una zona sin propietario es correcto. Porque, igual que no hay nada que sea gratis, tampoco hay nada sin propietario. O es privado o es público (es decir, es de todos). Pero entrar en ese debate ya es muy delicado, porque yo mismo lo he hecho en cientos de ocasiones, y ocasionalmente lo sigo haciendo. ¿Y quién no? El día que saquen una ley para regularlo estaremos perdidos.


Los bienes que no tienen propietario se llaman bienes mostrencos que son todos aquellos perdidos,abandonados y de los que no sabe quién es el dueño. Los bienes muebles o semovientes pueden ser adquiridos por ocupación. Es decir, que si se encuentra usted una roca o mineral en un terreno público es suyo Los bienes mostrencos no tienen consideración de bienes de dominio público, como sí lo tienen, los bienes y materiales propios del Patrimonio Histórico o cultural. Usted no podrá coger ni un guijarro de un parque nacional o lugar protegido, pero sí de cualquier otro lugar que no tenga protección específica o propietario. Artículo 610 del Código Civil "se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas."

Así, para el derecho, constituye la ocupación un modo natural y originario de adquirir la propiedad de ciertas cosas que carecen de dueño.
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José Luis Zamora




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MensajePublicado: 08 Ene 2021 14:14    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Sobre lo que dices "como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.".
Todo eso es muy relativo, para cazar o pescar hay que pagar, lo cual ya habla de propiedad, muchos animales de caza han sido repoblados por propietarios de tierras, . . . si te encuentras un tesoro ya sabes lo que tienes que hacer, denunciarlo, lo confiscan y cuando hayas muerto tus herederos a lo mejor cobran una indemnización, y en cuanto a las cosas muebles abandonadas, mejor callamos, pues hasta un coche se puede considerar abandonado y si no que te lo roben y verás lo que te dice el agente que te atienda. Aparte de lo dicho, los bienes mostrencos por ley pertenecen al Estado.
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Salvador Cuesta




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MensajePublicado: 10 Ene 2021 12:41    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Eso del tesoro, la caza y las cosas muebles abandonadas no lo digo yo sino el Código Civil. Por supuesto que en esto hay una casuística regulada desde muy antiguo con un montón de matices. Lo que quiero decir es que si un día en un paseo por zonas que no estén específicamente acotadas a una explotación aurífera me encuentro de manera casual una pepita de oro o abriendo una ostra salvaje al azar me encuentro una perla estos objeto serían de mi propiedad, a medias con el Estado o el propietario de terreno, si es que lo declaro. Hay obligación de declarar, pero la administración tiene el deber de indemnizar. Si me encuentro dinero y una vez pasado el tiempo no se halla al propietario, será mío. Consulto con el Museo los fósiles que recolecto y si tienen valor se los entrego y si son de los que ya tienen en colección me los quedo. Recolectar minerales, con respeto ante todo, no me parece que sea "incorrecto".
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Ramón Jiménez




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MensajePublicado: 10 Ene 2021 20:04    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Salvador, sinceramente no entiendo la intención de tus intervenciones. Aquí nadie está hablando de que te encuentres fortuitamente un mineral en un lugar donde está permitida la entrada. Este hilo se ha puesto porque alguien se ha saltado una valla de una propiedad, han picado metros de filón de cuarzo y cuando el dueño de la parcela les ha visto, se han puesto chulos y han justificado su recolecta con que el yacimiento estaba publicado en un foro. Mal que se entre en una finca sin pedir permiso, mal hacer un destrozo en el filón, independientemente de dónde esté, mal por no agachar las orejas y disculparse y peor por creer que el que alguien publique algo sobre un yacimiento en un foro, implica que cualquiera puede ir allí a hacer lo que quiera. Y lo demás es marear la perdiz.
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Ramón Jiménez Martínez
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Inma
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MensajePublicado: 10 Ene 2021 22:45    Título del mensaje: Re: Respeto ante todo...  

Salvador Cuesta escribió:


Los bienes que no tienen propietario se llaman bienes mostrencos que son todos aquellos perdidos, abandonados y de los que no sabe quién es el dueño. Los bienes muebles o semovientes pueden ser adquiridos por ocupación. Es decir, que si se encuentra usted una roca o mineral en un terreno público es suyo Los bienes mostrencos no tienen consideración de bienes de dominio público, como sí lo tienen, los bienes y materiales propios del Patrimonio Histórico o cultural. Usted no podrá coger ni un guijarro de un parque nacional o lugar protegido, pero sí de cualquier otro lugar que no tenga protección específica o propietario. Artículo 610 del Código Civil "se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas."

Así, para el derecho, constituye la ocupación un modo natural y originario de adquirir la propiedad de ciertas cosas que carecen de dueño.



Buenas noches a todos.

Por favor, no generalicemos citando únicamente el artículo 610 del Código Civil:

Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.

Es peligroso leer las normas a medias y sin tener en cuenta su conexión con otras de igual o mayor rango, porque ya sabemos que este foro lo lee mucha gente y pueden interpretar o deducir algo que no es correcto, así que estimo necesario citar qué es un bien apropiable según el mismo código:

ARTÍCULO 333.

Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles.

Pero ¡cuidado!, porque los bienes inmuebles que carezcan de dueño o, lo que es lo mismo, los que estén abandonados, pertenecen al Estado, según la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas:

ARTÍCULO 17.

1. Pertenecen a la Administración General del Estado los inmuebles que carecieren de dueño.

Veamos ahora lo que es una cosa o bien mueble según el Código Civil, entendiendo que cuando se refiere al capítulo anterior lo hace a los bienen inmuebles que veremos en el artículo 334, deteniéndonos primero en el 335:

ARTÍCULO 335.

Se reputan bienes muebles los susceptibles de apropiación no comprendidos en el capítulo anterior, y en general todos los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos.

Pero sigamos leyendo cómo los yacimientos minerales NO son un BIEN o COSA MUEBLE, sino un BIEN INMUEBLE, “mientras su materia permanece unida al yacimiento”, que es precisamente lo que ocurrió en el caso que citaba Ramón Jiménez, en el que unos impresentables estuvieron picando un filón de cuarzo “in situ” dentro de una finca privada y no exactamente se encontraron por casualidad los cuarzos tirados o abandonados por ahí:

ARTÍCULO 334.

Son bienes inmuebles:

1.º Las tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo.
……..
8.º Las minas, canteras y escoriales, mientras su materia permanece unida al yacimiento, y las aguas vivas o estancadas.
…….


Queda claro pues, que los yacimientos minerales son un bien inmueble, no mueble y que los bienes inmuebles que carecen de dueño son propiedad del Estado en virtud a la Ley 33/2003.

Sigamos ahora con el Título IV.- De algunas propiedades especiales, y más en concreto con su Capítulo II.- De los minerales, en el mismo Código Civil, del cual cito a continuación los dos artículos de que consta:

ARTÍCULO 426.

Todo español o extranjero podrá hacer libremente en terreno de dominio público calicatas o excavaciones que no excedan de 10 metros de extensión en longitud o profundidad con objeto de descubrir minerales, pero deberá dar aviso previamente a la Autoridad local. EN TERRENOS DE PROPIEDAD PRIVADA NO SE PODRÁN ABRIR CALICATAS SIN QUE PRECEDA PERMISO DEL DUEÑO O DEL QUE LE REPRESENTE.

ARTÍCULO 427.

Los límites del derecho mencionado en el artículo anterior, las formalidades previas y condiciones para su ejercicio, la designación de las materias que deben considerarse como minerales, y la determinación de los derechos que corresponden al dueño del suelo y a los descubridores de los minerales en el caso de concesión, SE REGIRÁN POR LA LEY ESPECIAL DE MINERÍA.

Así que seguimos descubriendo “novedades” en otros artículos del Código Civil, como que EN TERRENOS DE PROPIEDAD PRIVADA NO SE PUEDEN ABRIR CALICATAS SIN PERMISO DEL PROPIETARIO (disculpad que use mayúsculas en algunas zonas del texto pero lo hago solo por resaltar cuestiones que me parecen de suma importancia) y, desde luego, para picar un filón se calicatea, si nos atenemos a la definición de la acepción 3ª de “calicata” que recoge el diccionario de la RAE en su 23ª edición:

3. f. Ingen. Exploración que se hace con labores mineras en un terreno, o perforación que se practica para determinar la existencia de minerales o la naturaleza del subsuelo.

No digamos ya si los sujetos que citaba Ramón utilizaron maquinaria más pesada que un martillo de mano en su incursión sin permiso en propiedad ajena y privada…

Pero es que aún hay más, porque el Código Civil introduce la cuestión de los derechos que asisten al dueño del terreno y menciona la entonces conocida como “Ley Especial de Minería” (no olvidemos que la redacción original del Código Civil data de 1889), que hoy día se correspondería con la vigente Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, que también es una ley especial, por referirse a una especialidad concreta, como lo son las de aguas, montes, pesca, costas, o patrimonio histórico, por poner otros ejemplos.

Por si aún no fuera suficientemente clara esta referencia a la ley de minas, podemos citar el artículo 1090 del Código:

ARTÍCULO 1090.

Las obligaciones derivadas de la ley no se presumen. Sólo son exigibles las expresamente determinadas en este Código o en leyes especiales, y se regirán por los preceptos de la ley que las hubiere establecido; y, en lo que ésta no hubiere previsto, por las disposiciones del presente libro.

Lo que viene a decir que las obligaciones establecidas en las leyes especiales son las que prevalecen, por encima de lo que indique el Código Civil, quedando la aplicación de éste sujeta a lo no previsto en dichas leyes. Así, pues, recordando que el Código Civil ya consideraba bienes inmuebles a los yacimientos minerales, no puedo dejar pasar la ocasión de citar lo que recoge la Ley de Minas de 21 de julio de 1973, actualmente vigente, cuando define los yacimientos minerales:

ARTÍCULO SEGUNDO.

Uno. Todos los yacimientos de origen natural y demás recursos geológicos existentes en el territorio nacional, mar territorial y plataforma continental, SON BIENES DE DOMINIO PÚBLICO, cuya investigación y aprovechamiento el Estado podrá asumir directamente o ceder en la forma y condiciones que se establecen en la presente Ley y demás disposiciones vigentes en cada caso.

Con lo cual, los yacimientos minerales son además bienes de dominio público, cuya investigación y aprovechamiento le corresponde al Estado en la forma que éste determine.

Y no me quedo tranquila si no recuerdo además el artículo 350 del Código Civil, por si a alguien le quedaba alguna duda y pensara que puede apropiarse de todo lo que encuentre en el campo:

ARTÍCULO 350.

El propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que está debajo de ella, y puede hacer en él las obras, plantaciones y excavaciones que le convengan, salvas las servidumbres, y con sujeción a lo dispuesto en las leyes sobre Minas y Aguas y en los reglamentos de policía.

Lo que constituya yacimiento mineral va a ser dominio público teniendo en cuenta la Ley de Minas y, evidentemente, los minerales del yacimiento no van a entrar en la categoría de “bienes apropiables” que indicaba Salvador al citar el artículo 610, pero es que encima, para tocar ese yacimiento, se precisaría permiso del dueño, como prescribe el artículo 426 del CC. Y si se trata de minerales sueltos y aislados que casualmente nos encontramos en terreno privado:

1º: Habría que pensar qué hacemos invadiendo una propiedad privada sin permiso.

2º: Si nos atenemos al Código Civil, y los minerales están separados del yacimiento del que formaron parte y aislados entre sí sin relación, pudieran no constituir un bien inmueble, sino un bien mueble, por lo que podría tratarse de un caso fuera del ámbito de la Ley de Minas, al no constituir yacimiento mineral, con lo que la propiedad de esos elementos sería del dueño del terreno (Artículo 350 CC) y no nuestra, así que no tiene caso ni justificación acceder a propiedad privada sin permiso, para hurtar ya sean minerales, ya sean espárragos, madroños o setas. Caso aparte sería demostrar que esas cosas mueble (minerales sueltos) están abandonadas, para poder obviar la preferencia que tiene el dueño del terreno sobre ellos y no unos extraños que precisan de su permiso para acceder a propiedad privada.

Y parte de lo dicho en párrafos precedentes aplica a los casos de elementos que puedan considerarse dentro del ámbito de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que va a prevalecer siempre sobre el Código Civil, y ello sin mencionar el resto de leyes autonómicas que también quedan por encima de dicho Código, herramienta legal muy útil para casos no previstos en las leyes especiales, pero que debe ser manejado e interpretado con sumo cuidado, como casi todas las normas….

Y sí, la recolección de minerales no es una actividad ilegal en sí misma, pero la forma en que se haga y dónde se haga sí puede serlo, en función de las normas que se apliquen al caso y al lugar, siendo siempre lo más acertado y lo verdaderamente legal, contar con permiso previo del dueño del terreno y, por supuesto, tratando de respetar siempre a las personas y al medio que nos rodea, además de a las leyes reguladoras.

Mis disculpas por el tostón, pero me pareció que había que aclarar las cosas un poco.

Saludos

_________________
Inma Ramos
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