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Publicado: 12 Ago 2013 16:54 Título del mensaje: Consideraciones sobre el Anteproyecto de Ley de Conservación de la Naturaleza |
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Ofrecemos aquí este documento fruto de una serie de reflexiones hechas entre varias personas y que quiere ser un documento de referencia para que se utilice o linke si se quiere o que se utilice de base para posteriores debates. Sirve también de ejemplo de la intensa actividad que se está llevando a cabo estos días para generar una serie de documentos como este que se están presentando a diferentes agentes de la mineralogía española.
Para contextualizar el documento, dejamos aquí los enlaces a los posts donde se ha discutido sobre este tema en el Foro:
¿Conservación del Patrimonio Natural?
Relación de nuevas especies o primeras citas en España - Sinergias
Una reflexión necesaria
Desde FMF deseamos y procuramos que las legislaciones futuras sepan encontrar el adecuado y razonable equilibrio entre el conocimiento, la utilización, la conservación y el disfrute del patrimonio natural y geológico para bien de todos los ciudadanos y de las generaciones venideras.
CONSIDERACIONES SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA Y BIODIVERSIDAD
- El anteproyecto de ley se caracteriza por tender a un conservacionismo radical, ya que prohíbe de forma tajante la extracción, recolección, posesión, comercio, intercambio o exportación de minerales y rocas, entre otros elementos. Por ello prohíben las colecciones privadas de minerales y sería la primera vez que se prohibiese esto en el mundo.
- El coleccionismo de minerales ha sido aceptado y apoyado en todos los países de Europa, y del resto del mundo, y por todos los sistemas políticos, por su enorme valor cultural y por el apoyo que representa para la investigación científica.
- Respecto a la recogida y extracción de piezas minerales por coleccionistas, no existen restricciones indiscriminadas en ningún país. Incluso en aquellas áreas protegidas por normativa específica se pueden recolectar ejemplares con autorización expresa.
- Las minas y las canteras o cortas, donde los coleccionistas recolectan ejemplares, son explotaciones, en la mayoría de los casos industriales, para el aprovechamiento de un recurso natural. Las escombreras son acumulaciones de los residuos de esas explotaciones industriales.
- Un espécimen mineral sólo adquiere esa condición cuando ha sido extraído de una mina, cantera o escombrera por lo que no puede ser considerado patrimonio geológico.
- En todos los países, en terrenos privados, el dueño de los mismos puede decidir si autoriza o deniega la extracción manual de ejemplares (similar a lo que establece la ley de minas española)
- El papel de los coleccionistas y de los recolectores de minerales es también fundamental en el desarrollo de la investigación científica.
- La labor de muchos recolectores de minerales es crucial en el descubrimiento de nuevas especies. Sin esta contribución, el conocimiento sobre nuevos minerales avanzaría de forma mucho más lenta y, con esta ley, en el caso de la región de Murcia, sería imposible lograr nuevos descubrimientos. Descubrir nuevos minerales es importante porque proporciona un conocimiento más completo del resultado de procesos geoquímicos que de otra manera serían imposibles de conocer.
- En la Región de Murcia se han descubierto en los últimos años especies minerales nuevas de gran valor científico gracias a la labor de los aficionados en colaboración con científicos.
- Los coleccionistas y sus colecciones privadas ha constituido en muchas ocasiones el germen iniciador de numerosos museos y también la fuente para completar y aumentar muchas colecciones públicas.
- Esta actividad es financiada por los propios aficionados o por las organizaciones, con el consiguiente ahorro de dinero público.
- La recogida de un mineral o roca para su conservación y posterior observación es una manera de conocer el mundo natural. Forma parte de la cultura mineralógica que se puede transmitir a nuevas generaciones mediante actividades educativas que desarrollan las organizaciones mineralógicas y los coleccionistas individuales.
- El Anteproyecto de Ley representa una merma importante, si no completa, en las actividades, que de forma constante, realizan los aficionados y las organizaciones mineralógicas. Estos grupos juegan un papel crucial en la divulgación de la riqueza natural de los territorios, en la conservación del patrimonio geológico y desarrollan un papel imprescindible en la ciencia de la mineralogía.
- Las actuaciones de campo de los aficionados y coleccionistas, la mayoría de ellas en escombreras, canteras accesibles con permisos, minas abandonadas y afloramientos muy extensos, son publicitadas en páginas web y revistas, están controladas y no afectan de ninguna forma al patrimonio geológico. Además son una posible fuente de información de partida para el inicio de investigaciones. |
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